- Directivas para la Constitución de la Asociación Cooperadora Bs.As.

En cumplimiento del Art.185 del Reglamento General de Escuelas (Decreto 6.013/58 -T.O.19839 y a los efectos de conformar una ASOCIACIÓN COOPERADORA, se deberá proceder según las pautas que se indican:

1-     El Director de la Escuela convocará a los padres de los alumnos, docentes y otros allegados para realizar la Asamblea Constitutiva de la entidad y elegir, entre los presentes, una Comisión Directiva Provisoria, que deberá cumplimentar las siguientes acciones:
1.1.   Habilitar Libros de: Actas, Tesorería, Registro de Socios e Inventario de Bienes, haciéndolos foliar y rubricar en el Consejo Escolar;
1.2.   Abrir y promover la inscripción de socios, fijando "ad referéndum", de la próxima Asamblea, el monto de la cuota para los socios activos;
1.3.   Preparar un proyecto de Estatuto de acuerdo con el modelo confeccionado e la base del Decreto Nº 4767/72;
1.4.   Confeccionar un padrón de socios activos que estén en condiciones de participar en la Asamblea, con derecho a voz y voto, es decir elegir y ser elegido, (Artículo 41º del Decreto Nº 4767/72);

2-  Cumplido cuarenta días corridos desde la realización de la Asamblea Constitutiva, la Comisión Directiva Provisoria convocará a Asamblea Extraordinaria de socios con la anticipación prevista en el Artículo 11º del Decreto Nº 4.767/72. El mínimo de socios presentes (quórum) para poder sesionar, deberá ser - luego de pasada una hora de la convocada-, una cantidad igual al doble del total de miembros de la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas fijado en el Estatuto proyectado. El Orden del Día a cumplimentar será:
2.1.  Designación de Presidente y Secretario de Actas de la Asamblea;
2.2. Designación de dos socios para firmar el Acta de la Asamblea junto con el Presidente y Secretario de la misma y el Asesor/a;
2.3.  Lectura del Acta de la Asamblea Constitutiva;
2.4. Informe de lo actuado por la Comisión Provisoria;
2.5. Consideración y aprobación del Estatuto;
2.6. Elección De la Comisión Directiva por el sistema establecido y con los cargos previstos en el    Estatuto aprobado;
2.7. Sorteo de la duración de los mandatos para dichos cargos, cuya renovación por mitades, deberá regir en las posteriores Asambleas anuales;
2.8. Elección de la Comisión Revisora de Cuentas según lo establecido en el Art. 17º del Decreto 4.767/72;
2.9. Fijación del monto de la cuota para socios activos;
2.10. Fijación del monto en efectivo, destinado para gastos menores y urgentes del Tesorero;

El plazo de cuarenta días corridos (punto 2), tiene por finalidad permitir la incorporación de socios activos, que al acreditar una antigüedad mínima de treinta días, podrán participar en la Asamblea, con derecho a voz y voto. (Art. 41º del Decreto 4.767/72);

TRAMITE OFICIAL

3-     Posteriormente, para tramitar el reconocimiento oficial de la Cooperadora, corresponderá remitir a la Dirección de Cooperación Escolar por intermedio del Consejero Escolar.
3.1. Copia del Acta de la Asamblea Constitutiva;
3.2. Nómina de la Comisión Directiva Provisoria;
3.3. Copia del Acta de la Asamblea Extraordinaria (punto 2);
3.4. Tres copias del proyecto de Estatuto aprobado;
3.5. Nómina (por triplicado) de la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, elegidas en la Asamblea Extraordinaria, constando: cargo, domicilio, Nº de documento de identidad y fecha del vencimiento de los mandatos;
3.6. Nómina de asociados, agrupados según las categorías (Activos, Honorarios y Adherentes). Fotocopia del Padrón de socios activos;
3.7. Inventario de Bienes propios de la Cooperadora. En caso de no poseer, presentarán una nota manifestando:
"la Asociación Cooperadora no posee bienes propios".
3.8. La documentación aludida será firmada por el Presidente y Secretario de la nueva Comisión Directiva y visada por el Director/a del establecimiento en su carácter de Asesor/a

- De Los Comprobantes de Caja Bs.As.

De Los Comprobantes de Caja
 
Los ingresos y egresos de caja, deben contemplar los requisitos exigidos por la legislación en vigencia de A.F.I.P.
Los mismos, deben ser cronológicamente archivados en una carpeta y su numeración debe ser correlativa.
Deberá comenzar con el Nº 1 (primer comprobante), a partir del 1º de mayo de cada año, sucesivamente y en forma ascendente (1, 2, 3, etc.) hasta que llegue el 30 de abril del año siguiente. Ese día contendrá el último número, que concuerde con el cierre del ejercicio económico. La numeración, como es obvio, debe coincidir con la asentada en el Libro.

Los comprobantes siempre deben ser originales, exceptuando los destinados al Servicio Alimentario y a los Subsidios oficiales, ya que la mencionada documentación debe ser presentada ante los organismos pertinentes (Ej. Provincia de Buenos Aires: Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, Ente del Conurbano Bonaerense, etc.)

A los fines de archivo de la Asociación Cooperadora, se deberán tener fotocopias debidamente autenticadas por los miembros autorizados o por el Asesor/a.

Previo al efectivo pago, deben ser autorizados por las firmas del Tesorero, Presidenete, Director de la Escuela y Revisores de Cuentas (un mínimo de tres miembros).

Si se extraviase o perdiese la factura original, deberá dejarse constancia de la situación en el Libro de Actas, y además, los resguardos adoptados para evitar duplicidad del pago

Directivas para la constitución de la Asociación Cooperadora

Directivas para la Constitución de la Asociación Cooperadora
Provincia de Buenos Aires

 
En cumplimiento del Art.185 del Reglamento General de Escuelas (Decreto 6.013/58 -T.O.19839 y a los efectos de conformar una ASOCIACIÓN COOPERADORA, se deberá proceder según las pautas que se indican:

1-     El Director de la Escuela convocará a los padres de los alumnos, docentes y otros allegados para realizar la Asamblea Constitutiva de la entidad y elegir, entre los presentes, una Comisión Directiva Provisoria, que deberá cumplimentar las siguientes acciones:
1.1.           Habilitar Libros de: Actas, Tesorería, Registro de Socios e Inventario de Bienes, haciéndolos foliar y rubricar en el Consejo Escolar;
1.2.            Abrir y promover la inscripción de socios, fijando "ad referéndum", de la próxima Asamblea, el monto de la cuota para los socios activos;
1.3.            Preparar un proyecto de Estatuto de acuerdo con el modelo confeccionado sobre la base del Decreto Nº 4767/72;
1.4.            Confeccionar un padrón de socios activos que estén en condiciones de participar en la Asamblea, con derecho a voz y voto, es decir elegir y ser elegido, (Artículo 41º del Decreto Nº 4767/72);

2-     Cumplido cuarenta días corridos desde la realización de la Asamblea Constitutiva, la Comisión Directiva Provisoria convocará a Asamblea Extraordinaria de socios con la anticipación prevista en el Artículo 11º del Decreto Nº 4.767/72. El mínimo de socios presentes (quórum) para poder sesionar, deberá ser - luego de pasada una hora de la convocada-, una cantidad igual al doble del total de miembros de la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas fijado en el Estatuto proyectado. El Orden del Día a cumplimentar será:
2.1.  Designación de Presidente y Secretario de Actas de la Asamblea;
2.2. Designación de dos socios para firmar el Acta de la Asamblea junto con el Presidente y Secretario de la misma y el Asesor/a;
2.3.  Lectura del Acta de la Asamblea Constitutiva;
2.4. Informe de lo actuado por la Comisión Provisoria;
2.5. Consideración y aprobación del Estatuto;
2.6. Elección De la Comisión Directiva por el sistema establecido y con los cargos previstos en el    Estatuto aprobado;
2.7. Sorteo de la duración de los mandatos para dichos cargos, cuya renovación por mitades, deberá regir en las posteriores Asambleas anuales;
2.8. Elección de la Comisión Revisora de Cuentas según lo establecido en el Art. 17º del Decreto 4.767/72;
2.9. Fijación del monto de la cuota para socios activos;
2.10. Fijación del monto en efectivo, destinado para gastos menores y urgentes del Tesorero;

El plazo de cuarenta días corridos (punto 2), tiene por finalidad permitir la incorporación de socios activos, que al acreditar una antigüedad mínima de treinta días, podrán participar en la Asamblea, con derecho a voz y voto. (Art. 41º del Decreto 4.767/72);

TRAMITE OFICIAL

3-     Posteriormente, para tramitar el reconocimiento oficial de la Cooperadora, corresponderá remitir a la Dirección de Cooperación Escolar por intermedio del Consejero Escolar.
3.1. Copia del Acta de la Asamblea Constitutiva;
3.2. Nómina de la Comisión Directiva Provisoria;
3.3. Copia del Acta de la Asamblea Extraordinaria (punto 2);
3.4. Tres copias del proyecto de Estatuto aprobado;
3.5. Nómina (por triplicado) de la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, elegidas en la Asamblea Extraordinaria, constando: cargo, domicilio, Nº de documento de identidad y fecha del vencimiento de los mandatos;
3.6. Nómina de asociados, agrupados según las categorías (Activos, Honorarios y Adherentes). Fotocopia del Padrón de socios activos;
3.7. Inventario de Bienes propios de la Cooperadora. En caso de no poseer, presentarán una nota manifestando:
"la Asociación Cooperadora no posee bienes propios".
3.8. La documentación aludida será firmada por el Presidente y Secretario de la nueva Comisión Directiva y visada por el Director/a del establecimiento en su carácter de Asesor/a

Contratación de obras Prov.Bs As

Contratación de obras - Prov.de Buenos Aires
 
 
Circular D.C.E. Nº 03/95 de la Dirección de Cooperación Escolar.

OBJETO: Brindar asesoramiento a las Asociaciones Cooperadoras para la contratación de obras.

 Pautas a seguir en las contrataciones de obras, a fin de evitar irregularidades en la utilización de los fondos destinados a tal efecto, o en la rendición de los respectivos subsidios.

Para adjudicar la obra se evaluarán por los menos tres presupuestos, considerando: garantía de los trabajos, calidad de los materiales, tiempo de ejecución, precio, solvencia de la empresa (evaluando para ello antecedentes suficientes de obras realizadas, referencias bancarias y comerciales para responder ante eventuales incumplimientos para con la Entidad).
Todas las decisiones que tome la Comisión Directiva deberán quedar registradas en las Actas de reuniones; análisis de presupuestos, elección del lugar de compras, costos, etc.
La iniciación de obras será debidamente comunicada al Consejo Escolar para la pertinente intervención de la Comisión distrital de Infraestructura, principalmente para conocimiento del delegado técnico de la Dirección Provincial de Infraestructura.
Las facturas de servicios y materiales se ajustarán a la normativa impositiva vigentes (requisitos D.G.I., municipales, previsionales, etc.). En caso de contratar mano de obra, en los recibos constará: Apellido y nombres del emisor, Nº de documento de identidad, Domicilio y Firma. Para la ejecución de trabajos de riesgo deberá contratarse a personas matriculadas y habilitadas (por ejemplo: instalaciones eléctricas, de gas, etc.),
La empresa o adjudicatario será totalmente responsable del personal a su cargo, debiendo tomar los recaudos pertinentes en atención a que los trabajos se realizarán en un Establecimiento Escolar, por lo que se pondrá énfasis en las cualidades personales y morales de los trabajadores. Asimismo, la Asociación Cooperadora proveerá lo conducente a evitar que el personal de la obra y los alumnos permanezcan en los mismos ámbitos o que los primeros no utilicen los baños de los niños.
Se estipulará convenientemente con el contratista permitir las inspecciones y sujetarse a las indicaciones que emita la Dirección Provincial de Infraestructura en relación con la obra, como asimismo a la memoria descriptiva y proyecto aprobado por esa repartición.
Se recomienda imponer al locador, entre las condiciones de contratación, que el adjudicatario deberá contratar un seguro que cubra a su personal por riesgo, tales como: accidente de trabajo, enfermedad laboral, etc. (agregando en el contrato, la cláusula correspondiente).
Si la Dirección Provincial de Infraestructura, por la envergadura de la obra a realizar, estimara necesaria la intervención de un Director de obra, éste podrá percibir hasta un 3% del total de la misma, proporcionalmente a los pagos que se efectúen. La designación del profesional técnico quedará a elección de la Asociación Cooperadora arbitrando ésta los medios a tal fin.
La persona que asumiere esa función procederá a certificar la realización de los trabajos, porcentaje de obra cumplidos, habilitando los pagos correspondientes. Labrará actas de iniciación de las obras, la habilitación de los pagos y recepción provisoria de la obra. En esas actas constarán, si correspondiera, las indicaciones pertinentes para la concreción de lo proyectado. Intervendrá emitiendo opinión técnica, ante la eventual solicitud de ampliación de plazo.
Mirta G. Miranda - Directora de Cooperación Escolar

Día de la Cooperación escolar

DIA DE LA COOPERACIÓN ESCOLAR 
  
Resolución Nº 1005 del 9 de mayo de 1968

VISTO, la labor meritoria que desarrollan los grupos comunitarios en torno a los establecimientos educacionales de la Provincia, organizados en entidades pro y coescolares, y;

CONSIDERANDO:

Que la Cooperación resulta socialmente eficaz a los fines de la convivencia y educación, porque supone la subordinación de los intereses individuales de los hombres al interés y al bienestar general;

Que tal factor de positividad se expresa en el ámbito de la Cooperación Escolar, mediante la identificación de los intereses de padres y maestros y la concreción de la misión concordante de la escuela y el hogar, estableciendo un vínculo que proyecte la acción cultural y espiritual de la escuela sobre la familia y la sociedad;

Que las entidades de coescolaridad aspiran a lograr todo aquello que beneficia al alumno y al establecimiento y son un medio eficaz para recoger las inquietudes de la comunidad y transmitirlas a la institución escolar;

Que en virtud de lo antes señalado se torna imprescindible consagrar una fecha a la conmemoración de esta loable actividad, para lo cual debe considerarse como primer antecedente válido el 15 de octubre de 1816, fecha recordada como la de constitución, en la frontera de Chascomús, de la Primera Junta Vecinal de Ayuda a las Escuelas, organismo que es estimado precursor de las actuales instituciones de coescolaridad;

POR ELLO, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, RESUELVE:

  • ARTICULO 1º - Establecer el 15 de octubre como "Día de la Cooperación Escolar"
  • ARTICULO 2º - Incluir la fecha indicada en el apartado 1º en el Calendario Escolar, a efectos de que en los establecimientos educacionales de la Provincia de Buenos Aires, se dicte una clase alusiva;

Alfredo Jerónimo Tagliabúe-Ministro de Educación

- Zona Norte: Estadísticas de la 1ra Jornada Gratuita de Capacitación 10/02

Estadísticas de la 1ra Jornada Gratuita de Capacitación Para Cooperadores Escolares de Zona Norte
Organizada por www.cooperadoras.com.ar 
 
  Viernes 13 de setiembre de 2002 - 18 Hs
Realizada en el Club "El Talar" de Tigre

Localidad  Participantes
Tigre  51
Escobar  9
San Fernando 6
Vicente López  21
San Isidro  8
San Miguel  6
Malvinas Argentinas  17
Otros  20
No completaron fichas  25
Total 163
   
Miembros de Comisión Directiva
Presidentes  33
Prosecretarios  5
Revisores de cuenta  5
Secretaría  9
Tesoreros  18
Vicepresidentes  6
Vocales 21
Otros
Asesores  11
Padres  19
Varios (cocineros, docentes, colaboradores) 14
 
Cantidad de escuelas 60
Servicios Alimentarios 54 escuelas  18790 raciones
Comidas Calientes 36 escuelas  11900 raciones

- Zona Norte: Frases, ideas, y respuestas en la 1ra Jornada Gratuita de Capacitación 10/02

Frases, ideas, y respuestas en la 1ra Jornada Gratuita de Capacitación Para Cooperadores Escolares de Zona Norte
Organizada por www.cooperadoras.com.ar 
 
  Viernes 13 de setiembre de 2002 - 18 Hs
Realizada en el Club "El Talar" de Tigre Comentarios
Crónica
Preguntas y Respuestas
Participantes 
      
  En el panel:
Lic. Liliana Beatriz D'Espósito: Consejera Escolar de Vicente López
Graciela Marta Protas: Consejera Escolar de San Isidro
Rubén Ostrower: Director de www.cooperadoras.com.ar
Lic. Carlos Zorzoli : Pte. Cooperadora Escuela 15 Tigre
Roberto Altomonte: Ex- Presidente Asociación Cooperadoras Escuelas Públicas (ACEP) Villa. Gral. Belgrano Córdoba


 

Sobre la Responsabilidad Civil ....
"Hay que deslindar la responsabilidad civil. No puedo paralizar la actividad de la escuela" ..... "No desde lo legal sino de la actividad diaria" "sino, ni siquiera puedo pasar la tiza por el pizarrón porque puede haber un pibe alérgico y tener alguna descompensación. Cuando yo puedo demostrar que cumplo con mi responsabilidad esa responsabilidad civil queda cubierta.
Hace dos meses mi orientador educacional estaba tomando calor al lado de la estufa y se cayó una banderola y se lastimó la cabeza. No estaba en malas condiciones, ni en estado precario, fue un accidente. Si un chiquito se patina y se lastima , algo que pasa todos los días, es una cosa, ahora si yo tengo a todos los chicos todo el tiempo corriendo por el patio , sin los docentes presentes, sin cuidarlos ahí hay negligencia. Ahí sí tengo que asumir la "responsabilidad civil" La responsabilidad civil existe pero no podemos paralizarnos. Si tengo un curso de huerta qué pasa si un chico se accidenta con una herramienta También en tránsito a la escuela , puede haber un accidente. Puede atropellarlo un auto, algún problema en el colectivo etc. Pero no es que la escuela responde en términos legales, pero sí, si nos enteramos, nos hacemos cargo del chico, llamamos a la familia, lo llevamos al hospital, vamos a la comisaría etc. No quiere decir que seamos responsables civilmente pero sí vamos a estar con el chico"....

La responsabilidad civil heredada del código civil español , o sea que el maestro a quien se depositaba el cuidado y la protección del chico se hiciera cargo. Entonces durante mucho tiempo fue el terror del director y del maestro. Se modificó hace algunos años, la responsabilidad en primera instancia responde la patronal o sea el Ministerio, el Estado Provincial, salvo que hubiera negligencia por lo que le tiraría la pelota al Director. Eso alivió mucho al personal de la escuela. En la escuela privada es el dueño de la escuela ...
 
Más de 180 personas, entre cooperadores, asesores y padres en general participaron de las Jornadas... 

 

Sobre las Actividades Extracurriculares: Preservar las instalaciones, la higiene el orden. A veces se dice "ensuciams la escuela que venga el portero y limpie". No, no es así. La ley dice tenemos que hacernos cargo de todo el "paquete". Evitar hechos que afecten la reputación de la escuela Si hay una negación para hacer un evento debería haber una fundamentación escrita, es decir: la CD dice que quiere hacer algo porque hace falta tal o cual cosa...
El director si dice que no tiene que dejarlo por escrito y fundamentarlo. El asesor debe facilitar las actividades extraescolares.
Según la duración del evento se fija quien da la autorización. Hasta 1 día de duración el Director es quien da o no la autorización, cuando es más de1 día tiene que pasar por el Consejo escolar. 
Existe una resolución, que dice qué actividades puede hacer la C.D en la escuela. Debe pedirle permiso al director que es el depositario del patrimonio público, pero el Director tiene que explicar porqué no. Como en este caso que parece que no le dieron permiso. Si la actividad es de más de 1 a 5 días, tiene que pedir permiso a la Supervisión y el Consejo
Si es de más de 5 días tienen que pedir permiso a Dirección de Escuelas en La Plata
Si el pedido es de la Intendencia lo mismo (habrá que ver si se animan a decirle que no a la intendencia). Muchas veces hay escuelas que prestan la escuela a alguna institución, o al municipio y estoy casi seguro que en muchísimos casos no hay resolución ministerial, y eso entonces es un préstamo trucho. Y porqué? Porque vienen desde el poder político... Y a una cooperadoras a veces se le dice que no....
 
 
Se incorporan al Panel: el Consejero Escolar
J. Gásperi de Lanús , la Sra Dora Fruchtengarten Directora de escuela y Omar Antolini, Presidente de la Fecep 

 

 Pregunta:
Dos cosas: ¿Hay alguna receta para pulir las aristas que hay entre el personal directivo las cooperadoras y los padres?
Y quería decir otra cosa: El Director de la escuela no autorizó su uso y es porque el Consejo no avaló este encuentro por eso no hay ningún Consejero escolar. O sea llamemos a las cosas por su nombre.
 
"Las cosas se aprender al hacer", no hay un libro para hacer papá, ni recetas para hacer un buen asesor. La cuestión vincular no es solo la escuela, es la familia es la vida. La única receta es el diálogo. Si hacemos cosas a escondidas del asesor o el asesor de la cooperadora como me decían algunos cooperadores vamos por mal camino. Si todos tenemos el mismo objetivo y nos sentamos a hablar, no hay problema Si acá algunos venimos a sacar provecho para la cooperadora y algunos venimos a trabajar para la escuela no se puede trabajar en común. No hay que tener temor de decirle a la directora, no para enfrentarnos, sino para hacer el camino juntos. Tener una comunicación real, lo que tenemos que decir hay que decirlo. No para enfrentarnos
 
 Una pregunta: el tema de la limpieza, de los auxiliares. Hasta qué punto hay una posibilidad que los cooperadores manejen este tema o es solo una cuestión del Asesor, poder reclamar?

El conflicto con los auxiliares, corresponde al Director. Tienen que canalizarlo con el Director. La cooperadora no puede hacer cuestionamientos al auxiliar, aunque tengan razón. Hay una resolución la 3363 del 88 que es la que dice qué es lo que tiene que hacer el portero y el cocinero. La ley está, hay que hacerla cumplir. Nada más.
 
 
Muebles Santa Rosa 

 Pregunta: Si alguien es socio y después deja de pagar la cooperadora ¿puede seguir integrando la comisión?

Se pierde la categoría cuando se adeuden más de tres cuotas ¿Y quién es el responsable de removerlo?
La tesorería. El tesorero lleva el padrón de socios, y entonces avisa cuando alguien está atrasado y directamente si deja de ser socio no es más de la CD.
 
 
Pregunta: El tema de los servicios. En nuestro caso la luz y el gas los paga el Consejo, pero el teléfono está a nombre de la cooperadora y es un gasto importante. Se llama a La Plata, se realizan cadenas y encima nos cobran como si fuera una línea comercial.
CZ: Nuestra experiencia es que el único motivo por el cual debemos tener teléfono pagado por la cooperadora es por los chicos. Por un accidente, una necesidad etc. Nuestra CD no apoyaría si no fuera por eso, pagar el teléfono.

DF: En nuestra escuela lo paga la Provincia. Pero es muy perverso. Si queremos llamar a un celular de un papá no podemos hacerlo. Si queremos llamar a un inspector al celular no podemos llamar, si queremos llamar a La Plata a algunos lugares no podemos hacerlo....
 
Organización Escolar San Miguel              

Pregunta:Sobre la cuota social. gran tema. ¿Qué injerencia tiene el Consejo escolar para vedar, mellar o cambiar el mecanismo que la escuela determina para el cobro de la cuota social, teniendo siempre en cuenta que esta es voluntaria? Ya que llegó una orden estrictísima diciendo que "la cooperadora no es obligatoria, o porqué no le permiten la inscripción etc." cuando no constatan la realidad y se dejan llevar por habladurías
Rta. El Consejo Escolar no puede fijar la cuota social. Nosotros a principio de año por formalidad enviamos un comunicado informando que no es obligatoria pero es un comunicado recordando esto
¿Cómo es que fijan la cuota en 10 centavos para dar quórum?
En algunos colegios usa este recurso para remover comisiones... Entonces se plantea que se tomen socios a 10 centavos para sumar socios para la asamblea.
Consejero: se plantea en algunas escuelas que si el alumno no paga la cooperadora no participe en determinada actividad porque no paga la cooperadora (murmullos de desacuerdo)
 
La cooperadora tiene que apuntar a que no haya condicionamientos ... Es verdad que se lleva al Consejo como con el oído fácil de dichos de personas que no son de cooperadora y se llega a la escuela con esos planteos y no con las necesidades reales de la escuela. DF: en nuestra escuela a la mañana tenemos chicos del barrio (ex clase media) y a la tarde chicos más de la periferia. Desde hace tres años -nosotros que pensamos en la cooperación- Tratamos que todos paguen la cooperadora y incluso estos 10 centavos.
Tratamos de enseñarles que todos tenemos que cooperar, tratamos de implementar la solidaridad desde chiquitos.

 

 

 

 

 

 

 

 


 

- Junín:Carrera de sortijas 03/02

La Asociación Cooperadora de la Escuela Rural Nº 5 " Patricias Argentinas " de calles Lartigau y Puelches, Cuartel IV, de Junín, provincia de Buenos Aires,ha programado para el día 31 de marzo una carrera de sortijas,juego de riendas, desfile de centros tradicionalistas, y números folklóricos.
Habrá un completo servicio de cantina .-

Soy Cristina de Junín,prov.de Bs.As. Les aviso que por razones de fuerza mayor hubo que posponer la Carrera de Sortijas que estaba programada en la Escuela Rural Nº 5 , para el 31 de marzo-
La misma se realizará el día 28 de abril,comenzando a las 9hs.y teniendo previsto el cierre para las 17 hs.
Para cualquier consulta sobre inscripción, formas de llegar y demás, pueden comunicarse a los T.E.(02362-430881 ; 02362-423119 ; 02362-422628) Agradezco profundamente vuestra deferencia
Cordiales saludos
Cristina

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