Salto Argentino: Se conformó la Federación de Cooperadoras Escolares

Durante la reunión realizada el pasado martes en instalaciones de la Escuela de Educación Técnica Nº 1 de nuestra ciudad, quedó formalmente constituída la Federación que nuclea a las Asociaciones Cooperadoras de los diferentes establecimientos educativos del distrito, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
La comisión directiva de dicha Federación quedó integrada de la siguiente manera:
Presidente: Raúl López Rondó (E.E.A. Nº 1).
Secretaria: Claudia Torres (E.G.B. Nº 6).
Tesorero: Horacio Deprati (San Martín).
Vocales Titulares: Alicia Boscoscuro (E.G.B. Nº 17), Nélida Alvarez (E.G.B. Nº 2), Norma Fernández (E.E.E. Nº 501).
Vocales Suplentes: Graciela Velázquez (E.G.B. Nº 7), Graciana Ilvento (E.E.T. Nº 1). Revisores de Cuenta Titular: María Villalba (E.G.B. Nº 1).
Revisores de Cuenta Suplente: Andrea Trepode (E.G.B. Nº 10).
Son objetivos de esta entidad federativa entre otros:
- Mantener y estrechar vínculos entre las Cooperadoras y Federaciones, asesorando a las existentes, si fuera necesario, para mantener una creciente e inagotable voluntad de participación y trabajo.
- Arbitrar los medios para distribuir entre los establecimientos educativos, útiles libros, ropa y elementos didácticos, para los alumnos que no puedan adquirirlos y procurar su venta a un precio razonable entre el resto; en este caso con sujeción a las normas que al respecto dicte la Dirección General.
- Colaborar con las autoridades educativas en la solución de los problemas escolares, participando en las Comisiones distritales o regionales que se conformen, aportando sus conocimiento y experiencias como cooperadores.
- Propiciar toda forma de vínculo con la comunidad educativa del distrito, tendiente al logro del objetivo principal de la Federación, que es el bienestar de los alumnos y la defensa de la educación pública.

Fuente: Diario slponline

Jornada en San Fernando

Exitoso Encuentro de Capacitación de Cooperadores

 

En el marco de las Jornadas del Congreso de Educación por los 200 años de la creación del partido de San Fernando, se realizó en el Teatro del Centro Cultural Martinelli en Victoria un encuentro de capacitación e intercambio de cooperadores escolares  del partido.

Mercedes:Proyecto de apoyo para la articulación entre el nivel medio y el superior

Se presentó el proyecto de apoyo para la articulación entre el nivel medio y el superior
Los cursos son intensivos, de apoyo y se inician el 27 de agosto. La inscripción es durante esta semana. Por otra parte, el Consejo Escolar informó el proyecto para los festejos del día del niño, los nuevos cargos para no docentes y la nueva comisión del Consejo. 
Los alumnos del último año de polimodal y nivel medio tendrán por segundo año consecutivo la posibilidad de hacer un curso que los ayudará con la articulación con el nivel superior.
El proyecto que presentaron desde Inspección, desde las Dirección de las Escuelas Medias y desde Consejo Escolar, se llama "Apoyo al último año del nivel medio/polimodal para la articulación con el nivel superior" El objetivo de este proyecto es capacitar y afianzar los contenidos en Lengua y Matemática a los alumnos y adultos que están finalizando el nivel medio en contenidos que faciliten el paso a nivel superior.
El proyecto propone tres ejes de trabajo que combina Lectura, Escritura y Comprensión de textos con información científico - matemática. El eje uno es Lectura y análisis de textos literarios tales como cuentos y novelas cortas así como de un hábeas de artículos vinculados con los textos seleccionados.
El eje dos es Lectura y producción de textos informativos y argumentativos en torno a tres temáticas vinculadas con debates actuales del campo científico, social y cultural. Y por último, el eje tres es Comprensión científico - matemático para la resolución de problemas con la información matemática contenido en esos textos y otros problemas que puedan derivarse, incluyendo la argumentación propia de la matemática para el análisis de los procedimientos. El material lo aporta la Universidad de Luján que son los que coordinan el proyecto.
El curso de apoyo los puede realizar todos los alumnos de las escuelas públicas estatales que estén cursando el último año. "Esta dirigido a todos, inclusive a aquellos que piensen no seguir estudios superiores" informó Zulma Cano, Inspectora Jefe Distrital. "El año pasado, el último encuentro lo hicieron en la Universidad de Luján, pensamos que ahora será mucho mejor.
Les decimos a los chicos que lo aprovechen porque les dará un camino distinto, un vocabulario distinto porque, por ahí nosotros nos manejamos de una manera que en la Universidad no es la misma cosa, no hay los mismos tiempos." destacó Mónica Camusoni, Regente de Media N° 1.
Este proyecto se dictará durante diez sábados de 9 a 13 horas desde el 27 de agosto hasta el 22 de octubre. Si bien no hay confirmada una sede en el que se realizarán estos encuentros, se destaca que los cursos son optativos. Los alumnos que quieran participar recibirán los materiales impresos en forma gratuita, no tendrán evaluaciones parciales ni finales ya que se trata de adquirir estrategias de trabajo que faciliten a los alumnos el paso a un nivel superior.
Por otra parte, Secretaría de Inspección tiene abierta la inscripción de los profesores que presenten un título habilitante que les permita dictar estas clases. Se pueden inscribir los profesores de Literatura, de Filosofía, de Ciencias Sociales, de Matemáticas e Historia.
La inscripción de alumnos y docentes será durante esta semana, empezó hoy y terminará el viernes 5 de agosto. Los alumnos tendrá que anotarse en la misma escuela y los docentes que estén capacitados para dictar estas clases deberán inscribirse en Secretaría de Inspección.

Información

El pasado viernes se reunió la Unión de Gestión Distrital conformada por la Inspectora Jefa Distrital, Zulma Cano, por la Inspectora Referente de la DIPREGEP,. Stella Maris Di Claudio y Stella Harosteguy, Inspectora Jefe Técnico administrativo Distrital junto a los Consejeros Escolares Ricardo Colombo y Miriam Fiori y Fernando Pachiani, Director de Cultura y Educación Municipal.
En esta reunión, trataron los temas de infraestructura edilicia que hay en el distrito, se informó que están trabajando con las Escuelas Rurales, la Escuela 29, la Escuela 503, que entra por el Plan de Obras y con el Jardín 908. También se trató que el martes próximo se inaugurará el aula modular de la Escuela Técnica N° 2 de Gowland.
Durante el encuentro de la Unión de Gestión Distrital se presentó un proyecto para organizar los festejos del día del niño. Este evento se realizará el próximo viernes 5 de agosto en el Centro Cultural Teatro Argentino, a partir de las 17.30 horas. Se presentará un espectáculo infantil para los chicos. Para llevar a cabo estos festejos se solicitó a diferentes empresas la donación de una bicicleta para ser dada a cada escuela y que allí decidan cómo se la entregarán a uno de los alumnos.

Consejo

Por otra parte, los consejeros que asistieron a La Plata, a la Coordinación de los Consejos Escolares, trajeron cargos no docentes al distrito de Mercedes. En total son cuatro cargos que se suman a los nueve que consiguieron hace tres meses. Una vez que se traten con la mesa gremial se realizará el llamado para cubrir los puestos de portero y peones de cocina, aunque aún no está dispuesto en qué escuela se designarán los cargos.
El Consejo Escolar anunció también que, ante la licencia de 90 días por embarazo de María de los ángeles Benítez, la comisión de consejeros se volvió a conformar durante este período. Por lo tanto, queda como Presidente del Consejo Ricardo Colombo; como Vicepresidente, Miriam Fiori; Tesorero, Oscar Filipin; Alfredo Ponce como Secretario y quedan Hilda Zuchowski y Marilú Spinuzza como vocales.
Esta última es la Consejera que se incorpora durante la licencia de Benítez. En cuanto la Consejera Benítez retorne a su cargo la Comisión volverá a ser como hasta hace unos días.

Fuente: Protagonistas on line

 

Gral. Rodriguez: Gestionan equipamiento para escuelas técnicas

Gestionan equipamiento para escuelas técnicas del oeste bonaerense
 
La Provincia entregará ayer, en la localidad bonaerense de General Rodríguez, certificados de crédito fiscal a la empresa Mastellone que serán utilizados para la liquidación de impuestos y la firma, a cambio, entregará a las cooperadoras de los establecimientos educativos beneficiarios cheques para la adquisición de equipamiento necesario para los proyectos que llevan adelante.  
Los establecimientos educativos que recibirán el equipamiento son los Centros de Formación Profesional Nº401 y N°402 y la Escuela de Educación Técnica N°1 de General Rodríguez; la Escuela de Educación Técnica N°1 de Salliqueló y la Escuela de Educación Técnica Nº 1 y la Escuela de Educación Agraria N° 1 de Trenque Lauquen.
La EEA N° 1 de Trenque Lauquen, situada en la localidad rural de 30 de Agosto, tiene una larga trayectoria en la producción de chacinados.
El establecimiento viene desarrollando una importante actividad en la difusión de prácticas de manufactura tanto en la producción porcina como en la elaboración artesanal de alimentos derivados del cerdo. La provisión de equipamiento permitirá a la escuela elaborar y capacitar a la comunidad en la fabricación segura de chacinados.
En tanto, el Centro de Formación Profesional N°402 de General Rodríguez está enclavado en una zona de gran tradición como transformadora de productos primarios provenientes del agro; entre ellos, leche y carne bovina. En este caso, con el equipamiento adquirido la institución podrá realizar análisis primarios en calidad de leche e iniciar a los alumnos en temas referidos a la producción de derivados lácteos. 
 
Fuente: Info Región on line

 

Bahía Blanca: Concurso - Una propuesta para involucrarse

"CENTRAL PIEDRA BUENA 2005"
Una propuesta para involucrarse por Bahía y la región
La convocatoria se extiende a fundaciones, asociaciones civiles, cooperativas, entidades de base, cooperadoras hospitalarias y escolares, sociedades de fomento y universidades.
Los hospitales y escuelas públicas sólo podrán participar a través de sus cooperadoras. Quedan excluidas las fundaciones empresarias e internacionales.
Las organizaciones que deseen participar deberán contar con dos años de trabajo en la comunidad de Bahía Blanca o su zona, y disponer de un programa social en ejecución con resultados concretos..

Ley de Transferencia de Recursos por recaudación de Ingresos Brutos

Ley de Transferencia de Recursos a los Municipios y a los Consejos Escolares por recaudación de Ingresos Brutos

LEY 13010
El SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BS.AS. SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

Capítulo I
Del Impuesto Inmobiliario Rural

Art. 1 - El Impuesto Inmobiliario Rural será administrado por los Municipios de conformidad a los Convenios de Descentralización Administrativa Tributaria que se celebren en el marco del Art. 10 del Código Fiscal, debiendo distribuirse la recaudación del mismo, luego de las afectaciones legales actualmente vigentes, de la siguiente forma:
a) El 50% corresponderá a la Provincia, con destino a tareas de mantenimiento vial, mantenimiento y realización de obras hidráulicas y otras erogaciones con incidencia en los Municipios;
b) El 25% será destinado al Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales que se crea por la presente Ley, debiendo cada Municipio aportar al Fondo como mínimo el 25% de la recaudación histórica determinada para cada ejercicio, con el límite máximo del 50% del monto de recaudación obtenido por cada Municipio.
c) El monto restante será asignado a los Municipios en concepto de retribución por la administración del tributo.
Art. 2 - Créase el Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales el que se integrará con los recursos establecidos en el inciso b) del artículo anterior, con destino al mantenimiento y a la realización de obras de la red vial provincial de tierra.
Art. 3 - Los recursos del Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales serán distribuidos entre los Municipios que posean red vial provincial de tierra, en proporción a la longitud de kilómetros de la misma correspondientes a cada Distrito. Los recursos del Fondo transferidos a los Municipios estarán afectados al destino establecido en el artículo anterior.
Art. 4 - Transfiérase a las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires que adhieran al presente régimen, el mantenimiento de la red vial provincial de tierra, el que será atendido con los recursos que se distribuyan en virtud de lo establecido en el artículo anterior.
Art. 5 - La Provincia de Buenos Aires mantendrá a su cargo el mantenimiento de la red vial provincial de tierra en aquellos Municipios que no suscriban los Convenios a que refiere el Art. 1 del presente. En estos casos la administración del Impuesto Inmobiliario Rural será realizada por la Provincia, distribuyéndose la recaudación en las proporciones determinadas en el Art. 1º, correspondiendo a la Provincia el monto que resulte por aplicación del inciso c).
Asimismo, en estos casos, la Provincia participará de la distribución de los recursos del Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales en proporción a la longitud de kilómetros de la red vial provincial de tierra cuyo mantenimiento esté a su cargo, en virtud de lo establecido en el párrafo anterior.

Capítulo II 
Del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Art. 6 - El Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el tramo correspondiente a contribuyentes bimestrales que hayan tenido ingresos que no superen los $ 144.000 durante el período que determine la Autoridad de Aplicación, será administrado por los Municipios de conformidad a los Convenios de Descentralización Administrativa Tributaria que se celebren en el marco del Art. 10 del Código Fiscal.
Art. 7 - La distribución de la recaudación total del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el tramo descentralizado en virtud del artículo anterior se realizará de la siguiente forma:
a) El 50% del total recaudado corresponderá a la Provincia, con destino a la atención de planes sociales y erogaciones con incidencia en los Municipios;
b) El 25% será destinado al Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos que se crea por la presente Ley;
c) El monto restante será transferido a los Municipios en concepto de retribución por la administración del impuesto.
Art. 8 - Créase el Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos el que se integrará con los recursos establecidos en el inciso b) del artículo anterior, destinado al mantenimiento de los establecimientos educativos de la Provincia de Buenos Aires.
Art. 9 - Los recursos del Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos serán distribuidos entre los Consejos Escolares, en la proporción que establezca al efecto la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, para ser destinados al mantenimiento de los establecimientos escolares provinciales ubicados en su jurisdicción territorial.
Art. 10 - En aquellos Municipios que no suscriban los Convenios a que refiere el Art. 6, la administración del Impuesto será realizada por la Provincia, distribuyéndose la recaudación en las proporciones determinadas por el Art. 7, correspondiendo a la Provincia el monto que resulte por la aplicación del inciso c).
Asimismo, la Provincia participará de la distribución de los recursos del Fondo Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos en la proporción a que refiere el artículo anterior, en relación a los establecimientos escolares provinciales localizados en Municipios que no se hayan incorporado al presente régimen.

Capítulo III
Del Impuesto Automotor
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Capítulo III
Del Impuesto Automotor
 
Art. 11 - El Impuesto a los Automotores establecido en el artículo 50 de la ley Impositiva del ejercicio fiscal 2003, será transferido y asignado de acuerdo al lugar de la radicación del vehículo a los Municipios, quienes serán los encargados de efectivizar su cobro. Lo dispuesto precedentemente no será aplicable en los casos en los cuales no corresponda tributar el Impuesto a los Automotores en virtud de exenciones establecidas en el Código Fiscal -Ley 10397 (t.o. 1999) y modificatorias- o en leyes especiales, resultando aplicables en todo lo que no se halle especialmente previsto las normas pertinentes de dicho Código.
Art. 12 - La emisión de las boletas y su distribución, la percepción y el control del pago y las demás actividades que demande la recaudación del Impuesto transferido en el artículo anterior, estarán a cargo del Municipio que corresponda en razón del lugar de radicación del vehículo automotor de que se trate.
Art. 13 - El monto del Impuesto a los Automotores transferido en el Art. 11 de la presente, será bonificado en un porcentaje no inferior al cincuenta por ciento (50%), que establecerá el Municipio respectivo, cuando se trate de contribuyentes que acrediten -en la forma, plazos y condiciones que determine la autoridad de aplicación comunal- el cumplimiento de las obligaciones relativas a la contratación del seguro de responsabilidad civil hacia terceros y la realización de la verificación técnica vehicular, ambos con la debida actualización.
Art. 14 - La recaudación del Impuesto a los Automotores obtenida por cada Municipio corresponderá íntegramente al mismo y constituirá un recurso propio del Municipio de libre disponibilidad.
Art. 15 - A los efectos del cobro transfiérase a los Municipios el crédito fiscal de la Provincia en concepto de deudas por el Impuesto a los Automotores de los vehículos correspondientes a los modelos 1987 a 1977 inclusive.
Dicha cesión se considerará operada a partir del 1 de enero del año 2003 y a efectos de su instrumentación se asignará a cada Municipio en función del lugar de radicación de los vehículos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 192 del Código Fiscal -Ley 10397 (t.o. 1999) y modificatorias.
Art. 16 - El Poder Ejecutivo deberá instrumentar los mecanismos para incorporar al Convenio con el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, la exigibilidad del libre deuda municipal del impuesto a los automotores para todos aquellos movimientos dominiales que afecten a los vehículos comprendidos en la presente ley. 

Capítulo IV
Otras Disposiciones

Art. 17 - Modifícase el primer párrafo del Art. 1 de la Ley 10559, texto según Ley 10752, el que quedará redactado de la siguiente manera:
?Las Municipalidades de la Provincia recibirán en concepto de coparticipación el 16,14% (dieciséis con catorce por ciento) del total de ingresos que percibe la Provincia en concepto de impuestos sobre los Ingresos Brutos no descentralizados al ámbito municipal, Impuesto Inmobiliario Urbano, Impuesto a los Automotores, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios y Coparticipación Federal de Impuestos?.
Art. 18 - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley.
Art. 19 - El Poder Ejecutivo establecerá el organismo que actuará como Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 20 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por cooperadores voluntariamente. Le sugerimos que las tome como "modelos" -salvo expresa indicación- pues las mismas pueden ser modificadas y no siempre estarán actualizadas en el momento

 

Denuncias de Cooperadoras Escolares en Hurlingham e Ituzaingó

Dirigentes de cooperadoras escolares de Hurlingham e Ituzaingó realizaron en los últimos días algunas denuncias sobre distintas problemáticas relacionadas, básicamente con la realización de obras y provisión de equipamiento en escuelas del primero de los distritos, y con el servicio de comedor en establecimientos educativos del otro partido.
En Hurlingham, el presidente de la Federación de Cooperadoras Escolares que nuclea a 65 escuelas públicas del distrito, Ernesto de Jorge, indicó a este diario que en los últimos meses "han habido muchas quejas por trabajos de reparación mal hechos en varios establecimientos y adquisiciones de equipos que ahora están bajo la lupa".
En tanto, una fuente educativa de Ituzaingó aludió al "gran descontento" existente entre autoridades de escuelas del distrito debido a los problemas que vienen surgiendo a partir de la centralización del servicio de comedor dispuesta por el Consejo Escolar a partir del año en curso, cuando hasta 2004 cada establecimiento elaboraba los alimentos que consumían sus propios alumnos.
De Jorge explicó que "a raíz del malestar existente en varias escuelas del distrito (Hurlingham) con algunos manejos del Consejo Escolar, logramos que este organismo, por primera vez, nos diera un informe de todos los gastos del año pasado, los que ahora estamos analizando muy detenidamente porque hay algunas cuestiones que nos han llamado la atención".
Entre esas cuestiones, De Jorge mencionó "lo ocurrido en la EGB 9 en donde había filtraciones en los baños que, después de trabajos de reparación realizados, permanecieron en el mismo estado. También hubo un problema similar en otras EGB".
En otro orden, las cooperadoras escolares de Hurlingham le vienen reclamando al Consejo Escolar del distrito "mayor participación en la contratación de los proveedores y planificación de menúes del Servicio Alimentario Escolar (SAE); y poder controlar el manejo de los fondos para la ejecución de obras de infraestructura y para la adquisición de material didáctico".

EN ITUZAINGO

En Ituzaingó a principios de este año el Consejo Escolar dispuso centralizar el Servicio Alimentario Escolar, situación que viene provocando fuertes quejas de las autoridades de varios establecimientos educativos.
"Muchas veces la comida llega muy tarde y fría a las escuelas y disminuyó la calidad de los alimentos. Pero además, como antes la elaboración de la comida la manejaba cada cooperadora, se cocinaba más o menos según hubieran muchos casos de ausentes por gripe, por ejemplo. De ese modo, a veces había excedentes de fondos que se utilizaban para otras necesidades de cada escuela, como pago de excursiones para los chicos o compras de material didáctico", explicó un directivo de una de las escuelas del distrito.

Fuente: El Día on line

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