Registro en el consejo escolar
Somos una comision nueva, ya que la anterior dejo de funcionar hace casi un año, debemos registrarnos en el consejo escolar y queria saber si solo debemos ir el presidente, el secretario y la tesorera a presentar el form 10. No hay que llevar otro formulario ? Luego de esta presentacion que debemos estar los 3 firmantes (sobre todo por la cta en el banco) que mas debemos presentar ? Todas las presentaciones que deban hacerse a lo largo del año las deben hacer los firmantes en persona ?
Desde ya muchas gracias.
Myriam Marchese
Bs As. - Vicente Lopez
Respuesta:
Hola Myriam:
Sobre la consulta que me formulás debo decirte que como Comisión Nueva y si aún no lo han hecho, deben elevar la documentación - a través del Consejo Escolar- a la Dirección de Cooperación Escolar en La Plata (deben enviar copia del Acta de la Asamblea, form. Nueva Comisión Directiva, Formulario 10, saldo bancario certificado, etc.). Una vez que viene aprobado por Coop. Esc. el formulario 10, lo deben presentar en la sucursal del banco provincia con que operan, junto al Libro de Actas, Cuil, DNI, de los tres miembros electos (Presidente, Tesorera/o y Secretaria) y firmar en el registro del Banco, es posible que tengan que hacer algún trámite ante AFIP, se lo dirán en el Banco. De este modo, en adelante, los cheques debera´n ser firmado por dos de los tres miembros y una vez que registraron la firma en el Banco no es necesaria más la presencia de los tres ante el banco. En los restante trámites pueden actuar indistintamente Uds. pero tener en cuenta que cada uno tiene una función específica contemplada en el Estatuto y que el representante legal de la entidad es el Presidente. Lo principal es que se realicen mensualmente las reuniones de C.D. y allí se traten y resuelvan todos los temas e incluso el tratamiento de los balances mensuales. Allí pueden acordar en determinados trámites quien se hará cargo de hacerlo en favor de las disponibilidades de cada uno.
Por cualquier otra cosa a disposición.
Ernesto C. de Jorge
Presidente
Fed. de Coop. de Hurlingham
On 23.04.10
¿Asumir o no ante las irregularidades ...
On 27.07.07
¿Pueden los docentes formar la ...
Le escribo para preguntarle si sigue en vigencia el Art. 3 de la ordenanza 39.768 de la CABA que habilita a los docentes para formar la comisión directiva de la cooperadora, como vocales titulares. Mi duda surge debido a que varios directores me han dicho que esta posibilidad se sacó y en las escuelas que relevé no hay representación docente.
Saludos
Patricia
Respuesta:
En la página de la ciudad de buenos aires, encontré la informacion a la que hace rerefencia la consulta,
http://www.ciudadyderechos.gov.ar/derechosbasicos_l.php?id=10&id2=172&id3=660
No encontré en las páginas de la ciudad información sobre la derogación de esta resolución, pero como bien decís, en las cooperadoras que conozco no tienen representante docente (la de nuestra escuela tampoco los tiene), por lo que calculo que no es obligatorio.
Según nuestro estatuto (textual del estatuto de la esucela Andres Ferreyra):
"Articulo 19 : La comisión directiva no podrá ser integrada por agentes municipales"
"Articulo 20 : Un maestro de grado por cada turno , a propuesta de la Dirección, en calidad de vocal con voz y voto , formará parte de la Comisión Directiva. Ningún otro personal del establecimiento, sea docente o no, podrá integrar dicha Comisión"
Acá estuve consultando entre los miebros de cooperadora y Fernando Milo -que es el más antiguo de todos- recordaba que existe una resolución del año 1997 que establece que: Ningún agente municipal (léase docentes también) pueden ser socios activos de la cooperadora, con excepción de los que tengan hijos en la escuela.
Pero atento, que los docentes elegidos por todos los compañeros en voto secreto, tienen voz y voto para las reuniones de comisión y las asambleas, en definitiva , pueden operar como miembros, aunque sin pagar la cuota.
Según lo que tenemos entendido esto está vigente
Un abrazo
Felix Peralta
Cooperadora de Escuela Andrés Ferreyra Nº 16 DE 7º
On 16.05.07
Reglamentación sobre cooperadora ...
Sr. Ruben Ostrower:
Queria consultarle si tiene informacion si existe alguna reglamentacion sobre cooperadora de las ESB, ya que en la escuela primaria basica nº 18 de Carapachay en la cual me desempeño como presidente de la a.cooperadora, tomo el cargo en esta semana una directora para ESB. Consulte por mail a Cooperacion Escolar y me contestaron que mire la DISPOSICION N° 3 DEL AÑO 2006 DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICAS SOCIO EDUCATIVAS , pero no se donde buscarlass!!!
El problema radica que la nueva directora dice que no piensa formar una nueva cooperadora sino reforzar la existente y la directora de primaria dice que tiene que formarla...!!!!. Tengo doble asesora??? con conflictos de poderes??? jejej. Bueno ya empezaron a marcar el territorio...
Por eso si puede asesorarme sobre este tema se lo voy a agradecer.
Alejandra Mutio
On 15.05.07
Presencia del Asesor en las reuniones ...
Desearia saber si las reuniones de Comision cooperadora deben contar siempre con la presencia del asesor , si existe un mecanismo formal para citarlo a reunion ,y si la comision debe ajustar el dia y horario de la reunion a las posibilidades del asesor .
Motiva mi pregunta el hecho de tratarse de una Comision donde todos trabajamos , por lo tanto solo podemos reunirnos a partir de las 18 horas . El asesor informa que no puede hacerlo en ese horario por razones personales .
Otra pregunta es si debe haber siempre un integrante de la Comision en el horario escolar.La escuela esta radicada en la Provincia de Buenos Aires.
Desde ya muchas gracias
Adriana
Respuesta:
Las reuniones de Cooperadoras pueden llevarse a cabo con o sin la presencia del Director, quien en funciones de su rol de Asesor, tiene la obligacion de asistir a las reuniones.
En caso de imposibilidad por cuestiones personales o laborales, podra delegar su asesoria en otro docente del servicio y al dia siguiente podra leer las Actas y observar que es lo que la Cooperadora ha resuelto, o sobre que ha actuado.
Los horarios de las reuniones de Cooperadoras, se fijan dentro de los horarios de los mismos miembros, acordado obviamente dentro de un termino razonable. Todos trabajamos, pero no podemos fijar el horario de la reunion a las 23 Hs.
En cuanto a la presencia del Cooperadora en horario escolar, ello no es obligatorio, ni siquiera es necesario, ya que la Entidad opera por conocimiento propio de las necesidades del servicio, por peticion expresa de cuerpo directivo y docentes, y por necesidades que surgen de la misma comunidad educativa. Ademas todos tenemos nuestras obligaciones laborales, familiares y personales. Seria irrisorio que algien pretenda comprometer nuestra presencia en la Escuela todo el tiempo.
Rubén Ostrower
On 15.05.07
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En las Asociaciones Cooperadoras no tienen cabida las acciones o esfuerzos individualistas. Su mismo nombre lo indica COOPERAR, operar en grupo o equipo, mancomunadamente, para poder superar las dificultades y satisfacer las demandas de la institución. Esta conciencia y comportamiento de Equipo, es por excelencia productivo y enriquecedor.
Los Cooperadores estamos acostumbrados a “apagar incendios”. Se rompió la canilla, falta un mapa, faltó comida etc.
Tener un líder . Ser Objetivos en cuanto al Diagnóstico. Ser frontales y nunca perder de vista la Meta. Orientarse a las relaciones y no a las personas. Las metas deben ser claras siempre y para todos. Los intereses de la AC por sobre los de las personas. Lograr sintonía entre la necesidades personales y las de el equipo, aunque a veces no sea posible.
Si la A.C es importante para la comunidad, la comunidad se esforzará para ayudarla. La AC será grande en tanto la comunidad perciba que el problema existe y que la organización tiene capacidad para solucionarlo. La AC puede y debe hacer que la comunidad lo sepa ayudándola a percibir los problemas existentes y proponiendo soluciones para los problemas (mostrando cómo el trabajo de la organización es importante)






