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Viernes, 18 Mayo

Trabajo en equipo

trabajo_equipo En  las Asociaciones Cooperadoras no tienen cabida las acciones o esfuerzos individualistas. Su mismo nombre lo indica COOPERAR, operar en grupo o equipo, mancomunadamente, para poder superar las dificultades y satisfacer las demandas de la institución. Esta conciencia y comportamiento de Equipo, es por excelencia productivo y enriquecedor.

Planificar

planificar Los Cooperadores estamos acostumbrados a “apagar incendios”. Se rompió la canilla, falta un mapa, faltó comida etc.
En tanto los docentes necesitan planificar sus clases, y en cada Planificación, definir además de los contenidos y la didáctica, los recursos necesarios.). Planificar permite definir la estrategia de trabajo de todo un período.

Básicas

liderazgo Tener un líder . Ser Objetivos en cuanto al Diagnóstico. Ser frontales y nunca perder de vista la Meta. Orientarse a las relaciones y no a las personas. Las metas deben ser claras siempre y para todos. Los intereses de la AC por sobre los de las personas. Lograr sintonía entre la necesidades personales y las de el equipo, aunque a veces no sea posible.

Comunicarse con la comunidad

comunicacion Si la A.C es importante para la comunidad, la comunidad se esforzará para ayudarla. La AC será grande en tanto la comunidad perciba que el problema existe y que la organización tiene capacidad para solucionarlo. La AC puede y debe hacer que la comunidad lo sepa ayudándola a percibir los problemas existentes y proponiendo soluciones para los problemas (mostrando cómo el trabajo de la organización es importante)

  • En equipo
  • Planificación
  • Es necesario
  • Comunicación

18/11/04

Contratación de Personal

La consulta es si a pesar de que la Asociación Cooperadora aún no tiene su N° de Inscripción,

pues está en trámite, puede contratar personal para trabajar con fotocopias dentro de la escuela, con una máquina se se adquiriría próximamente.
Desde Córdoba
Responda esta consulta desde aquí

Estimada:
Imagino que usted se refiere a la Inscripción como Persona Jurídica.
Pero más allá de ello pueden hacerlo si es que vuestro Estatuto o la legislación sobre cooperadoras escolares en vuestra provincia lo permite.
Vamos a volcar vuestra consulta a la Red, esperando que algún colega cooperador nos ayude
Rubén Ostrower
Director

Este articulo pertenece a la categoría CONTRATACIÓN DE PERSONAL

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